SANTO DOMIMGO.- El nuevo Código Penal de la República Dominicana (Ley Núm. 74-25) marca un antes y un después en el régimen sancionador del país, elevando la pena máxima individual de 30 a 40 años de prisión y fijando un límite de hasta 60 años en casos de cúmulo de condenas por delitos muy graves.
La medida, que entrará en vigor en agosto de 2026, busca endurecer la respuesta del Estado ante las infracciones de mayor impacto social.
Los delitos con penas máximas de 40 años
Entre las sanciones más severas se encuentra el feminicidio agravado (Art. 94), castigado con 40 años de prisión cuando la víctima es menor de edad, está embarazada, es atacada en presencia de familiares o cuando el agresor incumple una orden de protección.
Igual pena contempla la agresión con ácido del diablo con resultado de muerte (Art. 103), considerada uno de los crímenes más crueles y dañinos.
Otros delitos castigados con penas de 30 a 40 años incluyen los crímenes de lesa humanidad y genocidio (Art. 82 y 83), el sicariato (Art. 98), el secuestro agravado (Art. 169) y la tortura agravada (Art. 118), especialmente cuando la víctima es una persona vulnerable o menor de edad.
Límite de 60 años por cúmulo de condenas
El artículo 49 del nuevo código fija que, aunque la suma de condenas supere el límite, nadie podrá cumplir más de 60 años en prisión. La reforma también introduce más de 70 nuevas figuras penales que no existían en el texto anterior, adaptando la legislación a delitos modernos como el ciberbullying, la violencia económica, la difusión de datos con fines de chantaje y el uso de deepfakes para extorsión.
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El nuevo Código Penal de la República Dominicana (Ley Núm. 74-25) marca un antes y un después en el régimen sancionador del país, elevando la pena máxima individual de 30 a 40 años de prisión y fijando un límite de hasta 60 años en casos de cúmulo de condenas por delitos muy graves.
La medida, que entrará en vigor en agosto de 2026, busca endurecer la respuesta del Estado ante las infracciones de mayor impacto social.
Lo que debe saber
Penas máximas de 40 años por crimen individual y 60 por cúmulo
Feminicidio agravado y ácido del diablo con muerte reciben la sanción más alta
Incluye delitos modernos como ciberbullying y deepfakes para extorsión
Endurece sanciones por corrupción con prisión, multas y decomiso de bienes
Entra en vigor en agosto de 2026 tras 20 años de debate legislativo
Los delitos con penas máximas de 40 años
Entre las sanciones más severas se encuentra el feminicidio agravado (Art. 94), castigado con 40 años de prisión cuando la víctima es menor de edad, está embarazada, es atacada en presencia de familiares o cuando el agresor incumple una orden de protección.
Igual pena contempla la agresión con ácido del diablo con resultado de muerte (Art. 103), considerada uno de los crímenes más crueles y dañinos.
Otros delitos castigados con penas de 30 a 40 años incluyen los crímenes de lesa humanidad y genocidio (Art. 82 y 83), el sicariato (Art. 98), el secuestro agravado (Art. 169) y la tortura agravada (Art. 118), especialmente cuando la víctima es una persona vulnerable o menor de edad.
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Límite de 60 años por cúmulo de condenas
El artículo 49 del nuevo código fija que, aunque la suma de condenas supere el límite, nadie podrá cumplir más de 60 años en prisión. La reforma también introduce más de 70 nuevas figuras penales que no existían en el texto anterior, adaptando la legislación a delitos modernos como el ciberbullying, la violencia económica, la difusión de datos con fines de chantaje y el uso de deepfakes para extorsión.
Sepa que
La reforma introduce más de 70 nuevas figuras delictivas y fortalece la respuesta frente a violencia, corrupción y criminalidad moderna.
En materia de corrupción, el código contempla penas de hasta 10 años de prisión, multas de hasta diez veces el monto sustraído, decomiso de bienes e inhabilitación para ocupar cargos públicos en casos de malversación, sobornos o enriquecimiento ilícito.
Aprobada tras dos décadas de debates, esta reforma moderniza el marco penal dominicano, endurece la lucha contra la violencia y el crimen organizado, amplía la protección a las víctimas y establece sanciones proporcionales frente a nuevas amenazas, aunque sin incluir las tres causales del aborto.